Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid

Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid (turno libre 2022).

Número de plazas para Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid
223 plazas cupo general + 33 plazas para discapacidad. Total 256 plazas
Titulación exigida
Titulación mínima de ESO o equivalente.
Tipo de oposición
Libre.
Convocatoria
Resolución 2022 BOAM Resolución 2024 BOAM
Estado de la oposición
El plazo de inscripción se abrirá en los próximos días. Tras la publicación en BOE

Tribunal calificador para Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid

Composición: Pendiente de nombramiento.

Exámenes para Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid

El sistema selectivo será el de oposición.

Las pruebas para el acceso a esta categoría estarán integradas por un solo ejercicio que consistirá en un cuestionario tipo test teórico-práctico que versará sobre el contenido del programa que figura abajo.

El cuestionario tipo test teórico-práctico estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:

  • La parte teórica constará de 70 preguntas de los temas 1 a 20 del programa. El tiempo para su realización será de 70 minutos.
  • La parte práctica constará de 20 preguntas de los temas 21 y 22 del programa. El tiempo para su realización será de 40 minutos.

Se procederá en primer lugar a la realización de la parte teórica y una vez finalizado el tiempo para la realización de ésta se recogerá toda la documentación, tras lo cual se procederá a la entrega de la parte práctica para su realización.

Calificación del proceso selectivo para Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid

Se calificará separadamente y por este orden a los/las aspirantes del cupo de discapacidad y a los/las aspirantes del turno de acceso libre, procediéndose a publicar la lista de aprobados/as.

El ejercicio será calificado de cero a diez puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.

Todas las calificaciones deberán ser redondeadas al valor del segundo decimal.

El órgano de selección queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba selectiva, garantizando en todo caso la idoneidad de los/las aspirantes seleccionados/as con independencia del turno por el que se participe.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de esta que no estén expresamente establecidos en estas bases.

Calificación del ejercicio.

En la calificación del cuestionario, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta.

Para superar este ejercicio se tendrá que obtener un mínimo de cinco puntos en la parte teórica y un mínimo de cinco puntos en la parte práctica.

La calificación final del ejercicio vendrá determinada por el resultado de dividir entre dos la suma de las calificaciones parciales de la parte teórica y de la parte práctica.

Calificación definitiva del proceso selectivo Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid.

La calificación definitiva del proceso de selección vendrá determinada por las calificaciones finales obtenidas en el ejercicio de la oposición, ordenadas de mayor a menor puntuación.

El órgano de selección hará pública la relación de aprobados/as por cada turno de acceso, en la que se indicará el número de orden obtenido, de acuerdo con la puntuación total alcanzada. El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en la parte práctica; segundo, mejor puntuación en la parte teórica. De persistir el empate éste se solventará por sorteo público realizado al efecto entre los/las aspirantes que hayan empatado.

Retribuciones

Altas retribuciones. Los salarios del Auxiliar de Servicios Sociales van desde 25.054€ hasta 47.803 € anuales.

Temario oposiciones Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid

  1. La Constitución: estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías.
  2. Organización territorial del Estado en la Constitución: las Entidades locales. El principio de autonomía local.
  3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones generales. Interesados en el procedimiento. Actividad en la Administración Pública. Actos administrativos.
  4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución del procedimiento. Los recursos administrativos. Concepto y clases.
  5. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local: Disposiciones Generales. El municipio. Disposiciones comunes a las entidades locales. Régimen de organización de los municipios de gran población.
  6. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (I): Impuestos.
  7. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (II): Tasas. Contribuciones especiales. Precios públicos.
  8. La Ley de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid: Las competencias del Ayuntamiento de Madrid.
  9. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (I): el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno.
  10. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Madrid (II): la Administración Pública. La Intervención General. La Tesorería. El Tribunal EconómicoAdministrativo Municipal. El Ente autónomo de gestión tributaria. La Asesoría Jurídica.
  11. La Organización central en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid: las Áreas de Gobierno y su estructura interna. Órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno. Número y denominación de las actuales Áreas de Gobierno.
  12. La Organización territorial en el Reglamento Orgánico de los Distritos: órganos de los Distritos y estructura administrativa del Distrito.
  13. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades locales. Procedimiento de elaboración y aprobación. Especial referencia al Ayuntamiento de Madrid.
  14. Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación. Órganos de contratación en las Entidades Locales.
  15. El Personal al servicio de la Administración Pública conforme al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Derechos de los empleados públicos. Régimen disciplinario.
  16. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en vigor: ámbito municipal; estructura; objetivo general; líneas de intervención y objetivos específicos.
  17. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados/as de prevención. Comités de seguridad y salud. Especial referencia a la prevención de riesgos laborales del Acuerdo Convenio en vigor sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos. Representación de los empleados públicos.
  18. Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica: Título V. Registró electrónico general. Título IX. El archivo electrónico.
  19. Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica: Título II. Atención a la ciudadanía. El Código de Buenas Prácticas Administrativas del Ayuntamiento de Madrid: Principios generales. Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid: Ámbito de aplicación y principios generales.
  20. Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica: Título III. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones.
  21. Ofimática (I): Programa de tratamiento de textos «Microsoft Office 365: Word”.
  22. Ofimática (II): Programa de hoja de cálculo «Microsoft Office 365: Excel”.

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